La publicación la pasada
semana del Auto de imputación del caso Noos y el subsiguiente recurso
presentado por el Ministerio Fiscal obligan a una necesaria reflexión.
En primer lugar, el estudio
de una resolución judicial requiere tiempo y atención, máxime si la misma se plasma
en 250 folios. Que el recurso al Auto, documento extenso y prolijo en datos,
estuviese preparado de antemano dice poco a favor de quien lo suscribe. Sólo
parece querer pregonar una gran indiferencia por el contenido literal de la
resolución recurrida. No hace falta agotar el plazo legal establecido, pero el
hecho de que el recurso haya sido presentado al día siguiente de notificarse el
Auto no admite otra explicación.
En segundo lugar, es de
notar la extensión del recurso del Ministerio Fiscal, generalmente parco en sus
manifestaciones. En veinticinco años de profesión nunca he recibido traslado de
un recurso del fiscal de más de cinco folios.
En tercer lugar, cabe
destacar la vehemencia mostrada por el Ministerio Fiscal en su escrito. Trasciende
las fórmulas habituales para confundirse en un mero interés de parte.
Finalmente, llama la
atención las formas empleadas y la descalificación personal del Juez emisor del
Auto. Si hubiese sido un abogado quien así se expresase seguro que merecería la
reprobación de su Colegio profesional y quién sabe si también una sanción disciplinaria.
Valencia,
30 de junio de 2014
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