lunes, 30 de junio de 2014

EL FISCAL PEDRO HORRACH

 

La publicación la pasada semana del Auto de imputación del caso Noos y el subsiguiente recurso presentado por el Ministerio Fiscal obligan a una necesaria reflexión.

En primer lugar, el estudio de una resolución judicial requiere tiempo y atención, máxime si la misma se plasma en 250 folios. Que el recurso al Auto, documento extenso y prolijo en datos, estuviese preparado de antemano dice poco a favor de quien lo suscribe. Sólo parece querer pregonar una gran indiferencia por el contenido literal de la resolución recurrida. No hace falta agotar el plazo legal establecido, pero el hecho de que el recurso haya sido presentado al día siguiente de notificarse el Auto no admite otra explicación.

En segundo lugar, es de notar la extensión del recurso del Ministerio Fiscal, generalmente parco en sus manifestaciones. En veinticinco años de profesión nunca he recibido traslado de un recurso del fiscal de más de cinco folios.

En tercer lugar, cabe destacar la vehemencia mostrada por el Ministerio Fiscal en su escrito. Trasciende las fórmulas habituales para confundirse en un mero interés de parte.

Finalmente, llama la atención las formas empleadas y la descalificación personal del Juez emisor del Auto. Si hubiese sido un abogado quien así se expresase seguro que merecería la reprobación de su Colegio profesional y quién sabe si también una sanción disciplinaria.

 

Valencia, 30 de junio de 2014

miércoles, 21 de mayo de 2014

Elecciones al Parlamento Europeo 2014


Elecciones al Parlamento Europeo 2014.

 

El domingo día 25 de mayo se celebran las elecciones para elegir a los miembros del Parlamento Europeo. Desde 1987 seis han sido las veces que los españoles hemos sido llamados a votar y la participación ha ido menguando de manera inexorable. En las primeras se registró una participación del 68,9 % de la ciudadanía, mientras que en las de 2009 sólo se alcanzó el 44,9 %.

La séptima llamada a las urnas está convocada para el próximo domingo con la incógnita de saber cuál será la respuesta de los españoles en el actual clima de desencanto con la clase política.

Sin duda un gran número de ciudadanos cumplirá con su deber cívico de acudir a votar, pero si la participación sigue descendiendo por debajo del porcentaje de anteriores comicios, habrá que preguntarse a quien representarán los elegidos.

Si la explicación se deja en manos de los políticos, seguro que, tras felicitarse por los resultados, encuentran la justificación en la lejanía de las instituciones europeas o en el desconocimiento por los votantes de las importantes decisiones que allí se adoptan.

Una explicación alternativa es que en las elecciones se vota a políticos y la clase política, en general y con todas las excepciones que se desee, ha dejado de estar bien vista por los ciudadanos de a pie. Basta echar un vistazo a las últimas encuestas del CIS para constatar que la corrupción y el fraude; y los políticos, son los problemas que más preocupan a los españoles, sólo por detrás del paro y de la situación económica que lo provoca.

No parece congruente dejar en manos de los políticos la solución al problema que ellos mismos transmiten a la ciudadanía. Casos de corrupción que nunca se resuelven, juicios que se eternizan y ausencia de dimisiones (en España no dimite nadie), no ayudan a disipar el sentimiento de desconfianza.

Urge una regeneración de las instituciones que aporte mayor transparencia y que motive a la población a participar de manera activa.
Aunque no exista una receta infalible sí que contribuiría a mejorar la situación que los partidos políticos se comportasen con mayor claridad en su funcionamiento interno, que convocasen elecciones primarias para elegir a sus candidatos. Que las listas electorales fuesen abiertas y no cerradas, de tal modo que un ciudadano pudiese elegir votar a un partido pero no a un determinado candidato, o candidatos de distintos partidos si así lo desea. Que se suprima el sistema d' Hondt en el cómputo de los votos que sólo beneficia a los dos partidos mayoritarios y fomenta el bipartidismo. Y, finalmente, que se elimine el mínimo del 5% de los votos para el acceso a la representación parlamentaria, pues con ello se ningunea el voto de miles y miles de ciudadanos que, con justo motivo, no se sienten representados en los resultados de las elecciones.

miércoles, 19 de febrero de 2014

La Prescripción de los Delitos


La prescripción de los delitos.


Hace unos días leí la novela del autor suizo Joël Dicker, La verdad sobre el caso Harry Quebert, que mereció el Premio Goncourt des Lycéens, el Gran Premio de Novela de la Academia Francesa y Premio Lire a la mejor novela en lengua francesa. Libro apasionante y de lectura recomendable.

En la trama se plantea la investigación de un asesinato ocurrido 33 años antes y que acarrea la detención de un famoso escritor. La acción se desarrolla en New Hampshire, en la costa este de los Estados Unidos.

Me llamó la atención que, si la acción hubiese transcurrido en España, el presunto delito habría prescrito mucho antes del hallazgo del cadáver.

En el ordenamiento jurídico español el Código Penal establece, en su artículo 131, que los delitos más graves prescriben a los 20 años. Sólo quedan fuera de este plazo genérico de prescripción los delitos de terrorismo, de lesa humanidad, de genocidio y los producidos en conflictos armados.

En los Estados Unidos de Norteamérica también se contempla la figura jurídica de la prescripción pero depende de cada estado y el Tribunal Supremo ha evitado pronunciarse en la fijación de un plazo concreto. Así se han podido seguir en la prensa recientes episodios como la solicitud de extradición del director de cine Roman Polanski por hechos acaecidos hace más de treinta años.

La institución jurídica de la prescripción encuentra su fundamento en el principio de seguridad jurídica, bajo una construcción civilista del Derecho. Pero la justicia penal resulta improrrogable y las dudas, respecto de la prescripción, se plantean principalmente en el caso de delitos que no fuesen conocidos o en los que no se tuviese constancia de los autores.

La justificación de la prescripción de los delitos en base al principio de seguridad jurídica se plantea como un postulado correcto, pero insuficiente.

                                                                     Juan Manuel Carbó.
                                                                                     Abogado

                                                           
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